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En primer lugar, el concepto de vivienda habitual se mantiene tal cual estaba
definido hasta ahora:. para aplicar dicha deducción, necesitamos destinar
la vivienda que adquiramos a la
residencia efectiva al menos durante tres años y haberse ocupado dentro de los
doce meses posteriores a su adquisición como norma general.
Todos aquellos
contribuyentes que han adquirido su vivienda habitual con anterioridad al
01/01/2011 y ya están aplicando una deducción por vivienda habitual del
15% sobre las cantidades destinadas a su adquisición con una base de deducción
máxima de 9.015 euros. Para estos casos, la deducción se seguirá aplicando en las
mismas condiciones, sin tener en cuenta la base imponible de su
declaración del IRPF. No obstante, si cambio de vivienda a partir del 2011, pierdo el
derecho a aplicar la disposición adicional 18º que introducen esta ley
de presupuestos generales y pasaré al siguiente supuesto de deducción.
En el caso de que haya comprado mi vivienda habitual después del 01/01/2011,
la deducción por vivienda habitual se reduce sustancialmente y se tiene
en cuenta la base imponible de la declaración de la renta de cada
contribuyente para poder aplicar esta deducción o no. Tenemos tres
tramos distintos de bases imponibles:
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Base imponible del IRPF sea igual o inferior
a 17.707,20 euros anuales: la base máxima de deducción será 9.040 euros anuales
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Base imponible del IRPF comprendida entre
17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: la base máxima de la deducción será de
9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre
la base imponible y 17.707,20 euros anuales.
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Bases imponibles superiores a 24.107,20 euros.
No podrán aplicar la
deducción por vivienda habitual.
Para ver mi base imponible, puedo
consultar mi declaración de la renta en la casilla 620. Si mis
circunstancias económicas no han cambiado sustancialmente de un año a otro,
puedo hacerme una idea del tramo de base imponible en el que me encuentro.
Tal y como podemos ver en las bases máximas de la deducción, la nueva
deducción por vivienda habitual es regresiva a partir de bases imponibles
superiores a 17.707,20 euros. En esta tesitura, las deducciones máximas
que se podrán aplicar por vivienda habitual se reducen gradualmente hasta llegar
a cero para las bases imponibles de 24.107 euros.
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